Nuevo caso comercial sobre las importaciones de colchones procedentes de Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Birmania, India, Indonesia, Italia, Kosovo, México, Filipinas, Polonia, Eslovenia, España y Taiwán

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May 10, 2024

Nuevo caso comercial sobre las importaciones de colchones procedentes de Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Birmania, India, Indonesia, Italia, Kosovo, México, Filipinas, Polonia, Eslovenia, España y Taiwán

El 28 de julio de 2023, las siguientes entidades presentaron doce solicitudes de derechos antidumping (“AD”) y una petición de derechos compensatorios (“CVD”) de los Estados Unidos: Brooklyn Bedding LLC; Carpintero Co.; Colchón Corso

El 28 de julio de 2023, las siguientes entidades presentaron doce solicitudes de derechos antidumping (“AD”) y una petición de derechos compensatorios (“CVD”) de los Estados Unidos: Brooklyn Bedding LLC; Carpintero Co.; Compañía de Colchones Corsicana; Espuma del futuro, Inc.; FXI, Inc.; Empresas Kolcraft, Inc.; Leggett y Platt, incorporados; Ropa de cama Serta Simmons, LLC; Southerland, Inc.; Tempur Sealy Internacional; y la Hermandad Internacional de Camioneros, y el Sindicato Internacional Unido de Trabajadores del Acero, Papel y Silvicultura, Caucho, Manufactura, Energía, Industrias Afines y Servicios, AFL-CIO (colectivamente, los “peticionarios de colchones”) contra las importaciones de colchones. Los 12 países mencionados en las solicitudes de derechos antidumping son Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Birmania, India, Italia, Kosovo, México, Filipinas, Polonia, Eslovenia, España y Taiwán. El único país mencionado en la petición de derechos compensatorios es Indonesia.

La mercancía abarcada por estas peticiones consiste en determinados colchones, incluidos los colchones con y sin muelles (incluidos los híbridos). En la industria, el término "colchón" generalmente significa un material resistente o una combinación de materiales generalmente encerrados por tictac que está destinado o promocionado para que las personas duerman sobre él. Los colchones generalmente constan de un núcleo, material de tapicería y cosido. El núcleo proporciona el principal sistema de soporte del colchón. En general, el núcleo de un colchón puede consistir en resortes internos, no resortes internos (por ejemplo, espuma), una vejiga de aire o agua, otro relleno elástico o una combinación de estos materiales. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de estas peticiones los colchones con núcleo de agua o vejigas de aire. "Tapicería" se refiere al material entre el núcleo y el tictac. "Ticking" se refiere a la cubierta o la capa más externa de tela u otro material que encierra el núcleo y cualquier material de tapicería. Consulte a continuación el texto completo del alcance propuesto para las investigaciones.

El Departamento de Comercio (“DOC”) y la Comisión de Comercio Internacional (“ITC”) llevarán a cabo las investigaciones. Dentro de los próximos 45 días, la ITC determinará si hay indicios razonables de que las importaciones están dañando o amenazando con dañar a la industria estadounidense. Si la ITC determina que se cumple este estándar, los casos pasarán al DOC, que calculará los márgenes preliminares de derechos antidumping y compensatorios.

Actualmente se esperan las determinaciones preliminares del DOC para el 23 de octubre de 2023 (CVD) y el 4 de enero de 2024 (AD). En la fecha de publicación de las determinaciones preliminares del DOC, los importadores deberán depositar los derechos calculados al momento de la entrada de los productos al mercado estadounidense.

Los importadores también deben ser conscientes de que las entradas pueden estar sujetas a depósitos en efectivo AD/CVD 90 días antes de las determinaciones preliminares del DOC si el DOC y el ITC emiten una conclusión de "circunstancias críticas", lo que significa que las importaciones aumentaron en al menos un 15 por ciento después de la presentación de la solicitud. la petición en comparación con un período similar (normalmente tres meses) antes de la petición.

Existen plazos legales estrictos asociados con estos procedimientos y se recomienda a las empresas afectadas que se preparen lo antes posible. Si este producto es de su interés, háganoslo saber para que podamos brindarle información adicional a medida que esté disponible. A continuación se adjunta un cronograma de fechas clave aproximadas.

Los siguientes son datos clave sobre este caso comercial:

Peticionario:Peticionarios de colchones

Productores/exportadores extranjeros e importadores estadounidenses: Comuníquese con nosotros para obtener una lista de los importadores y exportadores individuales mencionados en la petición.

Márgenes AD/CVD: El peticionario alegó los siguientes márgenes AD/CVD:

Mercancías cubiertas por el alcance del caso:

El alcance propuesto para estas investigaciones describe las mercancías importadas como:

Los productos cubiertos por estas peticiones son todo tipo de colchones para jóvenes y adultos. El término "colchón" denota un conjunto de materiales que, como mínimo, incluye un "núcleo", que proporciona el sistema de soporte principal del colchón, y puede consistir en resortes internos, espuma, otro relleno elástico o una combinación de estos materiales. Los colchones también pueden contener “tapicería”, el material entre el núcleo y el panel superior del forro en un colchón de una sola cara, o entre el núcleo y los paneles superior e inferior del forro en un colchón de doble cara; y/o “ticking”, la capa más externa de tela u otro material (por ejemplo, vinilo) que encierra el núcleo y cualquier tapizado, también conocida como funda.

El alcance de estas peticiones se limita únicamente a “colchones para adultos” y “colchones para jóvenes”. Los “colchones para adultos” se describen con frecuencia como colchones “gemelos”, “gemelos extralargos”, “completos”, “queen”, “king” o “California king”. Los “colchones juveniles” generalmente se describen como colchones “de cuna”, “para niños pequeños” o “jóvenes”. Todos los colchones para adultos y jóvenes están incluidos independientemente del tamaño y la descripción del tamaño.

El alcance abarca todos los tipos de “colchones con resortes”, “colchones sin resortes” y “colchones híbridos”. Los “colchones de resortes internos” contienen resortes internos, una serie de resortes metálicos unidos en tamaños que corresponden a las dimensiones de los colchones. Los colchones que contienen resortes internos se denominan “colchones de resortes internos” o “colchones híbridos”. Los “colchones híbridos” contienen dos o más sistemas de soporte como núcleo, como capas de espuma con memoria y unidades de resortes internos.

Los “colchones sin muelles” son aquellos que no contienen ninguna unidad de muelles. Generalmente se producen a partir de espumas (por ejemplo, poliuretano, memoria (viscoelástica), espuma de látex, viscoelástica con infusión de gel (espuma de gel), poliéster termounido, polietileno) u otro relleno resiliente.

Los colchones comprendidos en el ámbito de estas peticiones pueden importarse de forma independiente, como parte de muebles o mecanismos de muebles (por ejemplo, colchones de sofá cama convertibles, colchones de sofá cama importados con mecanismos de sofá cama, colchones de grupos esquineros, colchones de diván, camas plegables). colchones, contrahuellas, colchones para camas nido, colchones para cunas) o como parte de un juego (en combinación con una “base de colchón”). Las “fundaciones de colchón” son cualquier base o soporte de un colchón. Los cimientos de los colchones se denominan comúnmente "cimientos", "somieres", "plataformas" y/o "bases". Las bases pueden ser estáticas, plegables o ajustables. Sólo el colchón está cubierto por el alcance si se importa como parte de un mueble, con mecanismos de mueble o como parte de un juego, en combinación con una base de colchón.

Quedan excluidos del alcance de estas peticiones los colchones tipo “futón”. Un "futón" es una estructura plegable hecha de madera, metal o material plástico, o cualquier combinación de los mismos, que funciona como mueble para sentarse (como un sofá, un sofá de dos plazas o un sofá) y una cama. Un “colchón futón” es un colchón con capitoné, donde la cubierta superior está asegurada a la parte inferior con un hilo que atraviesa completamente el colchón desde arriba hasta abajo, y no contiene resortes internos ni espuma. Un colchón de futón es a la vez la cama y la superficie para sentarse del futón.

También quedan excluidos del ámbito de aplicación las camas de aire (incluidos los colchones inflables) y las camas de agua, que consisten en vejigas llenas de aire o líquido como núcleo o sistema de soporte principal del colchón.

También se excluyen ciertos muebles multifuncionales que son convertibles de asiento a dormitorio, independientemente del material o componentes de relleno, cuando dicho material de relleno o componentes están tapizados, integrados en el diseño y la construcción de, y son inseparables de, la estructura del mueble y la capa más externa. Uno de los muebles multifuncionales se convierte en superficie para dormir. Dichos muebles pueden denominarse comúnmente, entre otros, “sofás convertibles”, “sofás cama”, “sofás cama”, “futones”, “camas otomanas” o una descripción similar.

También están excluidos del alcance de estas peticiones cualquier producto cubierto por las órdenes de derechos antidumping existentes sobre unidades de resortes interiores no cubiertas procedentes de China, Sudáfrica y Vietnam.

También se excluyen del alcance de estas órdenes las almohadillas para moisés con una longitud nominal de menos de 39 pulgadas, un ancho nominal de menos de 25 pulgadas y una profundidad nominal de menos de dos pulgadas.

Además, también están excluidos del alcance de estas peticiones los “colchones”. Un “colchón cubrecolchón” es un accesorio de cama removible que complementa un colchón proporcionando una capa adicional que se coloca encima del colchón. Los cubrecolchones excluidos tienen una altura de cuatro pulgadas o menos.

Los productos sujetos a estas peticiones son actualmente clasificables en las subpartidas HTSUS: 9404.21.0010, 9404.21.0013, 9404.21.0095, 9404.29.1005, 9404.29.1013, 9404.29.1095, 9404.29.9085, 94 04.29.9087, 9404.29.9095. Los productos sujetos a estas peticiones también podrán ingresar bajo las subpartidas HTSUS: 9401.41.0000, 9401.49.0000 y 9401.99.9081. Aunque los subtítulos HTSUS se proporcionan por conveniencia y propósitos aduaneros, la descripción escrita de la mercancía sujeta a estas peticiones es dispositiva.

Si tiene alguna pregunta sobre el contenido de esta alerta, comuníquese con Mark Ludwikowski ([email protected]; 202-640-6680), Kevin Williams ([email protected]; 312-985-5907), Will Sjoberg (wsjoberg @clarkhill.com; 202-772-0924), Aristeo López ([email protected]; 202-552-2366), Kelsey Christensen ([email protected]; 202-640-6670), Sally Alghazali (salghazali@clarkhill .com; 202-572-8676), u otros miembros de la Unidad de Negocios de Comercio Internacional de Clark Hill.

* Los plazos son aproximados y pueden cambiar. Cuando un plazo caiga en fin de semana o feriado Federal, los plazos se extenderán hasta el siguiente día hábil, según se refleja en lo anterior.

** Las fechas preliminares del ITC pueden cambiar ligeramente cuando el ITC publique su aviso de institución en el Registro Federal. Cuando se publique el aviso, las partes tendrán siete días para presentar un registro de comparecencia ante la ITC y solicitar acceso a información confidencial a través de un abogado en virtud de una Orden de protección administrativa.

Los puntos de vista y opiniones expresados ​​en el artículo representan los puntos de vista del autor y no necesariamente el punto de vista oficial de Clark Hill PLC. Nada en este artículo constituye asesoramiento legal profesional ni pretende sustituir el asesoramiento legal profesional.

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Peticionario:Productores/exportadores extranjeros e importadores estadounidensesMárgenes AD/CVDMercancías cubiertas por el alcance del caso:Fechas clave aproximadas*Investigación de derechos antidumpingEventoNo. de díasFecha de acciónInvestigaciones preliminares de la ITC**Investigaciones del DOCInvestigaciones finales de la ITCInvestigaciones finales del DOCInvestigación sobre derechos compensatoriosEventoNo. de díasFecha de acción